Título original: The Juvenile CourtAutora: Mara DodgeOrigen: Z Magazine, marzo de 2000Traducido por Jain Alkorta y revisado por Josué Pérez , diciembre de 2000
El Tribunal de Menores
Reflexiones en su primer centenario
Por Mara Dodge
En 1999, a cien años vista de la creación del primer tribunal de menores en el condado de Cook (Chicago) en Illinois, todos los estados han conseguido aprobar una amplia legislación para ‘criminalizar" y "adultizar" sus sistemas de justicia del menor. Casi todos los estados hoy propician la transferencia de menores a tribunales para adultos, su reclusión en cárceles para adultos y la imposición de penas de prisión para adultos. Hoy más que nunca, la mayoría exige de los jueces el endurecimiento de las penas y la prolongación de las condenas. Las consecuencias de este cambio de actitud social resultan alarmantes. El año pasado cerca de 18.000 menores eran recluidos en cárceles para adultos, mezclados al 20% con la población adulta. Cada día de 7.000 a 8.000 menores son encerrados en cárceles para adultos por todo el país. En muchos estados los expedientes de los menores ya no son materia reservada y, algunos, incluso abogan por que los delitos sean recogidos en la Three Strikes legislation [debe ser algo así como la Ley de "a la tercera la vencida"] Las leyes federales de justicia del menor pendientes de aprobación (S. 254 y H. R. 1501) prometen ser más de lo mismo. Los estados, y, desgraciadamente también la opinión pública, han asimilado el concepto desde antaño promulgado por los defensores del endurecimiento penal, de que los delincuentes menores deben ser tratados como criminales que resultan ser jóvenes, en lugar de como jóvenes que resultan haber caído en la delincuencia.
El Tribunal de Menores
Reflexiones en su primer centenario
Por Mara Dodge
En 1999, a cien años vista de la creación del primer tribunal de menores en el condado de Cook (Chicago) en Illinois, todos los estados han conseguido aprobar una amplia legislación para ‘criminalizar" y "adultizar" sus sistemas de justicia del menor. Casi todos los estados hoy propician la transferencia de menores a tribunales para adultos, su reclusión en cárceles para adultos y la imposición de penas de prisión para adultos. Hoy más que nunca, la mayoría exige de los jueces el endurecimiento de las penas y la prolongación de las condenas. Las consecuencias de este cambio de actitud social resultan alarmantes. El año pasado cerca de 18.000 menores eran recluidos en cárceles para adultos, mezclados al 20% con la población adulta. Cada día de 7.000 a 8.000 menores son encerrados en cárceles para adultos por todo el país. En muchos estados los expedientes de los menores ya no son materia reservada y, algunos, incluso abogan por que los delitos sean recogidos en la Three Strikes legislation [debe ser algo así como la Ley de "a la tercera la vencida"] Las leyes federales de justicia del menor pendientes de aprobación (S. 254 y H. R. 1501) prometen ser más de lo mismo. Los estados, y, desgraciadamente también la opinión pública, han asimilado el concepto desde antaño promulgado por los defensores del endurecimiento penal, de que los delincuentes menores deben ser tratados como criminales que resultan ser jóvenes, en lugar de como jóvenes que resultan haber caído en la delincuencia.
Como persona que ha trabajado con jóvenes delincuentes y desfavorecidos en diversos entornos -- que abarcan desde prisiones de menores y adultos a programas alternativos para jóvenes de "alto riesgo", en centros educativos de barrios marginales en las ciudades -- me siento consternada ante semejantes medidas. Hace un siglo Jane Addams junto con un grupo de idealistas se dedicaban a rescatar muchachos de los reformatorios y cárceles para adultos en los que habían sido recluidos. Estas reformistas se enfrentaron a la filosofía predominante en la época, que consideraba a los niños adultos en miniatura. Trataron de crear una nueva percepción de la infancia como estadio inviolable de la vida en el que el menor ha de ser alimentado y amparado. Su sueño consistía en establecer un tribunal que se ocupara de proporcionar a los jóvenes problemáticos todo un amplio abanico de servicios de tratamiento especializado. Siguiendo el ejemplo, la idea de un tribunal del menor se propagó rápidamente por todo el país y por el mundo. Lo trágico es que los defensores de los derechos del niño hoy se encuentren librando aquellas mismas batallas que libraran las fundadoras del tribunal de menores.
El oscuro empeño por "endurecer" el sistema de justicia y la ley del menor se basa en algunos peligrosos mitos y falsas creencias. El primero de ellos, acuñado por John Dilulio, profesor de la Universidad de Princeton, es que nos hallamos ante una nueva generación de super-predadores que excede con creces la capacidad rehabilitadora del tribunal de menores. La segunda es que nos encontramos frente a una nueva ola de delincuencia juvenil sin precedentes. Inexplicablemente, ambos mitos han ido afianzándose pese a los seis años consecutivos de reducción en el índice de criminalidad juvenil.
Los menores son bastante menos violentos de lo que se nos ha llevado a pensar. En el ámbito nacional los delitos graves tan sólo constituyen el 5% del total de los arrestos de menores, según se desprende del Informe sobre la Incidencia de la Criminalidad del FBI. El homicidio representa menos del 0.1 %. Sin embargo, los menores son objeto de arrestos por delitos menores contra la propiedad (el 38%) y por la infracción de las llamadas normas "administrativas" tales como el consumo de alcohol, fugarse, deambular o violar el toque de queda (el 18%). Los célebres delitos juveniles tales como el desorden público y el vandalismo constituyen el 6% de los arrestos. En el Ciclo de Justicia Juvenil, el historiador Thomas J. Bernard muestra como en los últimos 200 años cada generación ha tendido a considerar que los delitos que cometían sus menores eran de mayor gravedad que los que cometían las generaciones de hace 30 o 40 años.
Las estadísticas sobre la criminalidad son muy complicadas. El Informe sobre la Incidencia de la Criminalidad (IIC) del FBI resulta particularmente poco fiable y manifiestamente influenciado por las interpretaciones y el procesamiento informativo. Por ejemplo, la "agresión con agravante", primera categoría de la denominada criminalidad con violencia juvenil es una figura vaga e imprecisa en la que cabe, tanto una pelea a puñetazos en el patio de una escuela, como casos de amenaza sin lesión efectiva. Es más, hoy la policía es más proclive a practicar arrestos de menores que hace 20 años. Luego, el incremento del índice de arrestos no necesariamente indica un incremento real en el índice de criminalidad. El índice de arrestos de menores también resulta problemático en algunos otros aspectos. Los jóvenes muestran una mayor tendencia a delinquir en grupo, y, por consiguiente, son objeto de múltiples arrestos por un mismo delito. Se les detiene con menos contemplaciones que a los adultos bajo acusaciones poco consistentes, por lo que un buen número de los arrestos practicados terminan siendo desestimados. Esta es la razón por la que el índice de encausamiento (numero de jóvenes arrestados que llegan a ser procesados) es bastante más fidedigno que el índice de arrestos. Que, ¿qué es lo que revela el índice de encausamiento? Pues bien, que desde 1972 la incidencia de los delitos contra la propiedad cometidos por menores ha permanecido estable. El Sondeo Nacional sobre la Penalización del Delito (SNPD) realizado anualmente por el Departamento de Justicia ha confirmado la progresiva reducción de todo tipo de delitos, si bien el informe SNPD se menciona con bastante menor frecuencia que el IIC del FBI en los medios de información.
El índice de homicidios cometidos por menores es la gran excepción. Aunque el numero de arrestos por homicidio se triplicaba entre 1984 y1993, desde entonces, se ha reducido en un 40%. No obstante el número de arrestos, por su ambigüedad, tiende a confundir nuestra opinión acerca a la delincuencia juvenil. Muchos de estos arrestos por homicidio eran posteriormente desestimados por la fiscalía, clara muestra de la falta de pruebas contra personas, en principio, inocentes. Por ejemplo, aunque los adolescentes de entre 13 y 15 años constituían el 4.2 por ciento de la población estadounidense arrestada por homicidio en 1995, al final resultó que tan solo el 3.4 por ciento fue encausado (legalmente procesado) por homicidio, es decir, el 2.4 por ciento del total de los casos de homicidio. Aún entrando en otra franja de edad, los adolescentes de entre 13 y 17 años, no predominan en el índice de asesinatos. Representando el 8.2 de la población, este sector fue absuelto de los cargos en el 8 por ciento de los casos de asesinato en 1996. Es más, en la década de los 80, el incremento de los arrestos practicados se limitaron exclusivamente a la violencia con armas. El número de adolescentes arrestados por la comisión de asesinatos no relacionados con armas ha ido descendiendo desde 1976. Por consiguiente, cabe colegir que es la inmensamente mayor disponibilidad de armas mortales, y no una nueva generación de superpredadores, lo que constituye la primera causa del incremento del índice de arrestos de menores por homicidio.
Incluso si estudiamos detenidamente los casos de jóvenes delincuentes que cometen los denominados delitos graves -- los que son encarcelados -- nos encontramos con un gran numero de casos en los que no ha mediado la violencia. La mayoría de los jóvenes recluidos en penales de menores que cumplen penas por delitos contra la propiedad y asuntos relacionados con las drogas, son internados en pequeños centros sin ninguna medida de seguridad. Asimismo, en el ámbito nacional, dos tercios de los jóvenes puestos a disposición de los tribunales en 1996, fueron acusados de delitos sin violencia: el 45% por delitos contra la propiedad, el 12% por delitos relacionados con las drogas y un 9% por diversos e imprecisos delitos de "desorden público".
Pese que el tribunal de menores fuera en principio creado para "salvaguardar los intereses del menor" presuntamente como alternativa a las penas de prisión, si el juez estimaba que lejos de ser beneficiosa su encarcelamiento pudiera resultar perjudicial para el menor, la incidencia de la justicia individualizada ha sido considerablemente restringida. Hoy las leyes de "transferencia sistemática" establecen que el menor que cometa determinados tipos de delito debe ser automáticamente procesado por tribunales para adultos, al margen de las circunstancias.
El endurecimiento de las leyes penales del menor tan sólo consigue arrastrar a un cada vez mayor número de delincuentes no violentos, cuya inmensa mayoría la constituyen jóvenes y desfavorecidos afroamericanos y latinos, a una administración de justicia cuyo sistema es cada vez más implacable y punitivo. Cada vez con mayor frecuencia, se trata de sistemas en que los recortes presupuestarios tienden a reducir más y más la posibilidad de proporcionarles verdaderos programas y tratamientos de rehabilitación. A modo de ejemplo, el programa educativo que posibilitó mi dedicación a la docencia, durante cinco años, dentro del sistema penitenciario de Illinois hoy ya no recibe financiación federal.
Tampoco hay ningún indicio de que la aproximación hacia el "endurecimiento" de estas políticas haya funcionado. De hecho, todo parece confirmar lo contrario. Los menores recluidos en cárceles para adultos son mucho más proclives a reincidir y en delitos de mayor gravedad, que sus congéneres juzgados por tribunales de menores. Por el contrario, pese a la creencia generalizada de que los tribunales de menores son meras puertas giratorias por las que los mismos jóvenes delincuentes entran y salen una y otra vez, habiendo recibido tan sólo un sopapo como castigo, la mayoría de los menores (el 60%) arrestados y puestos a disposición de un tribunal de menores no vuelve a delinquir, según se desprende de un reciente estudio realizado por el Departamento de Justicia norteamericano.
Estos son "éxitos" de los que apenas sí oímos hablar. La mayoría de los menores salen escarmentados de su primer encontronazo con la ley. Para otros el tribunal de menores supone una garantía de que se les proporcione un agente de libertad vigilada comprensivo, un programa de rehabilitación o los servicios de asesoramiento y apoyo que necesitan. He trabajado mano a mano con menores condenados por delitos graves, incluido el asesinato. No son la irrecuperable personificación del mal que la etiqueta de "superpredador" sugiere. Muchos se mueren por encontrar un alma adulta que los oriente.
Sin embargo, en jurisdicciones como la de Los Angeles, donde las causas pendientes de examen para obtener la incondicional se acumulan hasta alcanzar la cifra de 500 por cada oficial y donde prácticamente todo los programas de tratamiento alternativo han ido eliminándose a lo largo de la década de los 90, no es de extrañar que el numero de "éxitos" haya disminuido notablemente. Hoy las cárceles de menores californianas, al igual que las de muchos otros estados, están a rebosar merced a que cada vez más jóvenes están siendo condenados a penas de cárcel por delitos no violentos.
El objetivo fundamental del tribunal de menores era el de conceder al menor una "segunda oportunidad". Evitar que una equivocación fuera penalizada con la vida. Muchos de los que hemos trabajado con jóvenes problemáticos sabemos que la esperanza, que no el temor, es lo que desemboca en una verdadera rehabilitación y cambio. Aquellos que no tienen esperanzas de futuro, que no tienen perspectivas de futuro en sus vidas, resultan mucho más difícilmente recuperables, por muy duras que sean las penas que se les imponga. Antes, la mayoría de los menores, incluso los mayores delincuentes, se reinsertaban en la sociedad antes de los 30 conforme iban madurando. Pero esto tan sólo es posible si se les da la oportunidad de conseguir medios de vida decentes y empleos que les proporcionen sueldos con los que puedan vivir, posibilidades cada vez más remotas si se revelan sus fichas a las escuelas, a sus futuros contratantes y al ejército. Muchos menores pobres de los barrios marginales de las ciudades han visto cómo un solo arresto les suponía la perdida de sus empleos.
Las causas subyacentes de la delincuencia juvenil y las verdaderas soluciones al problema, con frecuencia, residen muy lejos del sistema de justicia. Como sociedad, hemos fracasado en la tarea de racionalizar los recursos para que todos los menores pudieran acceder al mismo grado formativo, social, cultural y gozar de las mismas oportunidades económicas. Oportunidades que bien pudieran triunfar sobre la fascinación del crimen, las drogas, las pandillas, y, en definitiva, la delincuencia. Sin embargo, hemos optado por hacer que se replieguen en sus suburbios, por construir cada vez más comunidades en recintos vallados y fortificados, por enviar a nuestros hijos a colegios privados... Al final, nuestras políticas de endurecimiento penal tan sólo han logrado polarizar cada vez más nuestra sociedad y exacerbar más, si cabe, las profundas divisiones entre las razas y las clases, haciéndolas cada vez más insalvables.
*Mara Dodge es profesora de historia en la Universidad Pública de Westfield, Massachusetts. Es una veterana militante en el sector de las prisiones y las reformas penitenciarias, y, en la actualidad, está escribiendo un libro titulado "Rameras y Ladrones de la Peor Calaña": La Mujer, El Crimen y las Prisiones en Illinois, 1833-1940.
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